Subastas electrónicas de la Seguridad Social: qué son y cómo acceder a ellas

Las subastas de la seguridad social llevan existiendo desde hace décadas, pero especialmente en los últimos años, debido a las dos crisis vividas, el embargo de bienes por parte del estado ha incrementado de forma considerable el número de viviendas, vehículos y otras propiedades que han pasado a ser propiedad pública para luego ser subastadas entre empresas y particulares.

Esta forma de vender bienes por parte del estado tampoco escapa a la evolución de la sociedad, especialmente a la transición digital. Por esta razón vamos a analizar las subastas electrónicas (nacidas en 2015), y cómo participar en ellas vía online.

La importancia de un buen asesoramiento

Subastas judiciales bienesA diferencia de las subastas realizadas por la Agencia Tributaria, las que realiza la Seguridad Social son más complejas y pueden incluir la subasta de la mitad de una vivienda o “mitades indivisas”. Caso común en subastas de pisos propiedad de dos personas divorciadas donde una parte no ha podido hacerse cargo de los pagos pendientes.

Al mismo tiempo, la Seguridad Social siempre se reserva el “derecho de tanteo” durante un mes. O lo que es lo mismo: la S.S. puede finalmente quedarse con el bien subastado aunque el mejor postor haya ganado la subasta. Obviamente, esa cantidad es devuelta, pero se pierde la posibilidad de inversión.

Estas y otras casuísticas hacen imprescindible acudir a expertos consultores para presentarse a las subastas de la Seguridad Social y contar con las mejores garantías de conseguir un bien que constituya una inversión real.

Ahora veamos cómo participar y el funcionamiento de las subastas electrónicas.

Cómo funcionan las subastas electrónicas

Ejemplo subasta electrónica Seguridad Social

Bien, dicho lo anterior sobre conseguir un buen asesoramiento, si ya se posee, es momento de sumarse a la última evolución de las subastas de la Seguridad Social: las que se realizan vía online o electrónicas. Estas poseen las siguientes características:

  • Se publican de forma abierta en el Portal de Subastas del Boletín Oficial del Estado todos los procesos judiciales donde se ha puesto a subasta un bien. Contar con un asesoramiento profesional también incluye ser informado de las mejores oportunidades.
  • Sin necesidad de postar, con unsimple registro a la plataforma determinada y con certificado electrónico, se pueden conocer esas subastas y cómo se desarrollan. Esta acción es muy recomendada antes de pujar realmente para conocer los pros y los contras de este tipo de subastas y no caer en una inversión fallida.
  • Si ya se cuenta con el asesoramiento necesario o la experiencia derivada de la observación de otras subastas, se puede empezar a pujar. Para ello, sólo hace falta contar con el registro electrónico mencionado e inscribirse en la subasta concreta.
  • Es muy recomendable realizar una investigación mínima sobre el inmueble a subastar para ver sus cargas y situación legal. En muchas ocasiones, la Seguridad Social no adjunta esa información en las características del inmueble.
  • Una vez inscrito, es obligatorio aportar un depósito que suele ser del 5% del valor del bien a subastar si se realiza por transferencia, la opción a elegir para las subastas electrónicas.
  • Una vez la Seguridad Social confirma la recepción ya se puede pujar durante 20 días, el periodo que dura la subasta.
  • A partir de ahí, cada postor enviará su puja de forma electrónica y recibirá un acuse de recibo. Tendrá acceso a conocer las otras pujas y pujar más si así lo considera.
  • Si, por ejemplo, se puja por el 80% del inmueble y otro postor sube a 85%, la Seguridad Social todavía pregunta al postor del 80% si quiere dejar la puja en reserva. Esto se debe a que el postor del 85% pudiera retirarse.
  • Retirarse de la subasta de esa forma implica perder el 5% de depósito.
  • Cuando ya no haya más licitadores por el bien, o han pasado las 24:00 h del día 20 de la subasta, esta termina.
  • Finalmente, se adjudica el bien al postor que ha pujado el mayor porcentaje del bien.
  • Los que tengan derecho a ello, reciben el depósito del 5% que les permitió participar en la puja.

A partir de esa adjudicación del inmueble por parte de la Seguridad Social, los trámites para los nuevos tenedores no acaban ahí. De hecho, la propia adjudicación se puede demorar más de los 40 días máximos dependiendo del trabajo que posea el juzgado.

También es importante tener el cuenta los impuestos a pagar, que van a diferir de la región autónoma, de si la vivienda se va dedicar a inversión o como residencia, entre otras variables.

Resumiendo, los expertos recomiendan sumarse a estar subastas de la mano de expertos en estos trámites. De lo contrario, uno puede verse en la situación de haber gastado un dinero y no recibir el bien subastado en un tiempo razonable o con unas cargas imposibles de asumir.

Que bienes se pueden adquirir en subastas electrónicas

La mayor parte de los bienes a subastas son inmuebles sujetos a una hipoteca que no se ha podido pagar o embargados por la Seguridad Social por impagos de otra índole. También es posible encontrar vehículos con embargos de similar naturaleza, terrenos rústicos o urbanos, maquinaria, embarcaciones, mobiliario, equipos electrónicos y todos aquellos bienes que hayan podido ser embargados por la Seguridad Social.

Finalizar diciendo que, por supuesto, el precio de estos bienes es inferior al del mercado, y se pueden conseguir auténticas gangas. Pero insistir en que hay que formarse y recurrir a profesionales para poder sumarse a procedimientos limpios y con garantías.

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